Desde las 00h del 2 de mayo estará permitido salir a la vía pública para hacer deporte y pasear. Para ello, el Gobierno de España ha establecido unas franjas horarias regulando la realización de estas actividades diferenciando los municipios por número de habitantes
- En Osornillo, municipio de menos de 5.000 habitantes:
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- Se podrá hacer deporte de manera individual, una vez al día entre las 06h y las 23h
- No se permite el uso de instalaciones deportivas ni parques municipales
- Se podrá pasear acompañado por una persona mayor de 14 años conviviente en el domicilio, una vez al día entre las 06h y las 23h
- Un adulto podrá pasear durante 1h con un máximo de 3 menores de 14 años, una vez al día entre las 06 y las 23h
- En municipios de más de 5.000 habitantes:
- Menores de 14 años:
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- Podrán salir a pasear de 12h a 19h acompañados de un adulto y como máximo a 1km de distancia al domicilio
- Personas entre 14 y 70 años:
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- Podrán pasear solos o con la persona conviviente en el domicilio
- Podrán pasear una vez al día de 06h a 10h ó de 20h a 23h
- Podrán pasear como máximo a 1km de distancia del domicilio
- Mayores de 70 años:
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- Podrán pasear dentro de las franjas horarias de 10h a 12h ó de 19h a 20h
- Podrán pasear solos o acompañados por una persona mayor de 14 años conviviente en el domicilio
- Podrán pasear acompañados de un cuidador habitual
- Un paseo al día sin límite de tiempo pero a 1km como máximo del domicilio.
Excepcionalmente, estas franjas horarias podrán no aplicarse en los casos en que por razones médicas y debidamente justificadas se recomiende la práctica de la actividad fuera de las franjas establecidas, así como por motivos de conciliación de los acompañantes de personas mayores, menores, o dependientes.
Atención a huertos de autoabastecimiento:
Está permitida la atención al huerto siempre de manera individual y siendo en el mismo término municipal,cumpliendo las medidas sanitarias correspondientes. Los huertos localizados en distinto término municipal del lugar de residencia solo podrán atenderse cuando la situación socioeconómica y el consumo del producto sea imprescindible para la subsistencia del interesado.
- Para acceder a la orden la que se regula la actividad física durante el Estado de Alarma haz click aquí
- Para acceder a la orden por la que se regula la atención a los huertos de autoabastecimiento durante el estado de alarma haz click aquí